Al cumplirse 20 años de la creación de este sistema en el Perú.
“El Senace renueva su compromiso de fortalecer el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) a través de la mejora continua del modelo de evaluación de impacto ambiental a cargo de la entidad, implementando evaluaciones de calidad técnica y generando confianza en este proceso”, señaló el presidente ejecutivo de la entidad, Alberto Barandiarán.
Al cumplirse 20 años de creación del SEIA, el Senace destacó su importancia como sistema único y coordinado para la identificación, prevención, supervisión y corrección anticipada de impactos ambientales negativos de los proyectos de inversión, en el Perú.
El SEIA tiene al Ministerio del Ambiente como ente rector y la integran, además del Senace, autoridades de los tres niveles de gobierno, autoridades fiscalizadoras, opinantes técnicos, titulares de los proyectos de inversión y consultoras ambientales.
Su labor se estructura bajo los principios de evaluación integrada del impacto ambiental, intervención informada, responsabilidad compartida entre el Estado, los inversionistas y la participación ciudadana, y eficacia en la viabilidad ambiental de políticas y proyectos.
La Ley N° 27446 que creó el SEIA fue publicada el 23 de abril del 2001 y entre sus objetivos establece un proceso para las evaluaciones de impacto ambiental de los proyectos de inversión público y privado, además de la obligatoriedad de la certificación ambiental.
Precisamente, el otorgamiento de la certificación ambiental a los proyectos de inversión, de manera oportuna, transparente y con calidad técnica y confiable, es considerado como la misión principal del Senace, desde su creación en 2012.
Categorías
La Ley del SEIA establece 3 categorías en los que deberán ser clasificados los proyectos de inversión que requieran de la certificación ambiental, de acuerdo al riesgo ambiental: la primera es la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), aplicable a los proyectos que podrían generar impactos ambientales negativos leves.
La segunda es el Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado (EIA-sd), aplicable a los proyectos que podrían generar impactos ambientales negativos moderados; y finalmente, el Estudio de Impacto Ambiental Detallado (EIA-d), para los que podrían generar impactos ambientales negativos altos.
De otro lado, la misma Ley del SEIA señala que, en el caso de políticas, planes o programas de desarrollo sectorial, regional y local que puedan originar implicaciones ambientales significativas, corresponde aplicar una Evaluación Ambiental Estratégica (EAE).