- El “Tianguis del Bienestar” tiene por objetivo principal mejorar las condiciones y calidad de las personas que menos tienen; sin embargo, dentro de estos bienes, pueden existir productos que violen derechos de propiedad intelectual.
- Los derechos de propiedad intelectual conceden beneficios y seguridad a diversos sectores productivos.
- “Este programa presentado por el jefe del Ejecutivo, debe de tomar sus precauciones, para que la mercancía que sea objeto del mismo, pueda ser revisada de manea previa por parte de los titulares de los derechos de propiedad intelectual, antes de que sea puesta a disposición de cualquier persona y evitar que con ello que se cometan infracciones a derechos de propiedad intelectual”, indicó BC&B, firma legal y de negocios.
Los derechos de propiedad intelectual conceden beneficios y seguridad a diversos sectores productivos, ya que tiene por objeto la protección de creaciones, como invenciones, obras literarias y artísticas, símbolos, nombres, imágenes y signos distintivos, etc., que son utilizadas en el comercio, asimismo, favorece la competencia económica al proteger al consumidor mediante certeza en la calidad de su compra.
Ante este panorama, actualmente existe una polémica respecto a las posibles violaciones a los derechos de propiedad intelectual derivado de una iniciativa federal, ya que el pasado mes de junio de 2021, el presidente de la República Mexicana Andrés Manuel López Obrador, anunció la creación del “Tianguis del Bienestar”, un programa que consiste en la instalación de mercados en 70 comunidades de pobreza extrema de Guerrero, Oaxaca Chiapas y Veracruz, con la finalidad de poner a disposición de los habitantes de estas localidades de manera gratuita, bienes y mercancía nuevas que incluyen entre otros, ropa, calzado, herramientas, utensilios para el hogar, y juguetes, que hayan sido asegurados, decomisados o abandonados y su administración y destino esté en manos del Ejecutivo Federal.
El programa, presentado por el jefe del Ejecutivo y el cual ya ha iniciado tiene por objetivo principal mejorar las condiciones y calidad de las personas que menos tienen, con la finalidad de contribuir a reparar una deuda histórica con las comunidades más vulnerables del país. Sin embargo, actualmente la venta o donación de artículos asegurados, decomisados o abandonados que violen derechos de propiedad intelectual está prohibida en el país por ser actos que constituyen infracciones administrativas o delitos.
Por este motivo, si bien la legislación nacional establece las reglas para destruir los bienes asegurados, decomisados o abandonados en las aduanas y que violen derechos de propiedad intelectual al haber sus titulares promovido una acción contenciosa, “este programa presenta aristas, ya que no todo producto asegurado, decomisado o abandonado y que se encuentra en manos del Ejecutivo Federal, ha sido notificado de manera previa a los titulares de derechos de propiedad intelectual para que estos emprendan acciones legales en contra de ellos. Por ello el Gobierno Federal debe implementar una estrategia, para que antes de poner en disposición del público los bienes que formarán parte de esta iniciativa, se de a los titulares de derechos la oportunidad de revisar si los mismos infringen o violan sus derechos y evitar con esto que se llegue a cometer alguna infracción o delito en materia de propiedad intelectual. Lo anterior, ya que existe la inquietud e incertidumbre de que se introduzcan en el mercado artículos que violan este tipo de derechos, ya sea porque a manera de ejemplo, reproduzcan de manera ilegalmente obras protegidas por la Ley Federal del Derecho de Autor (piratería) o porque falsifiquen marcas registradas protegidas por la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial sin que los titulares de derecho tengan conocimiento de ello”, indicó Carlos Hernández, socio de BC&B, firma legal y de negocios.
Asimismo, desde que se anunció este programa del “Tianguis del Bienestar” diversas organizaciones empresariales se pronunciaron contra esto, ya que como se mencionó anteriormente la puesta a disposición de bienes que violan derechos de Propiedad Intelectual afectaría directamente a las marcas que han sido imitadas o clonadas y, además, se estaría atentando en contra de la competencia leal y de la protección de creadores de este tipo de derechos; lo que concierne a todos los gobernados; de igual forma, generaría poderosos incentivos hacia la informalidad y la evasión de impuestos, así como a un impacto negativo al ámbito laboral, dado que pueden concluir con los cierres de industrias y comercios con la consecuente pérdida de plazas laborales.
Finalmente, sería importante que el marco jurídico mexicano fuera analizado a detalle, con el fin de evitar que este tipo de bienes que formarán parte del “Tianguis del Bienestar”, infrinjan derechos de PI, ya que México quedaría muy mal en el frente internacional, si se acredita que el país no protege la propiedad intelectual con este tipo de programas sociales, máxime que México ha firmado un gran número de tratados internacionales en los que se ha comprometido a proteger este tipo de derechos y a velar por una competencia legal. “En lo que se regula jurídicamente esta situación, es recomendable que los titulares de derechos de Propiedad Intelectual continúen protegiendo sus derechos, y en cuanto tengan conocimiento de bienes asegurados, decomisados o abandonados que infringen sus derechos no dejen de presentar acciones en contra de aquellos productos que violen los mismos”, agregó Carlos Hernández.