Con la promulgación del Decreto Legislativo Nº 1553, “Decreto Legislativo que establece medidas en materia de inversión pública y de contratación pública que coadyuven al impulso de la reactivación económica”, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), quiere que los funcionarios y tomadores de decisión del sector público, mejoren su capacidad de gasto. La reactivación económica no puede parar.
Estas medidas, agilizarán, facilitarán y fortalecerán la gestión de la inversión pública en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (SNPMGI) y la contratación pública.
Una de las mejoras más importantes contenidas en el citado Decreto Legislativo establece que la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones (DGPMI) del MEF, en su calidad de Centro de Excelencia, tendrá la función de desarrollar estándares de dirección de proyectos y brindar acompañamiento especializado en dicha materia a las entidades y empresas públicas sujetas al SNPMGI.
Todo ello, a través de instancias denominadas Estructura de Gestión de Proyectos (EGP), las cuales se implementan de acuerdo a las normas de organización del Estado y con la evaluación que realicen de acuerdo a sus necesidades, para fortalecer el gerenciamiento de los proyectos.
“La implementación de las EGP en las entidades y empresas sujetas al SNPMGI permitirá mejorar la calidad, eficiencia y transparencia de la inversión pública, asegurando una mejor gestión de los activos generados con la ejecución de las inversiones y una adecuada provisión de servicios a los ciudadanos para contribuir con el cierre de brechas”, subrayó el MEF.
Explicó que, entre las funciones de las EGP, destacan la organización, control y gerencia de las inversiones; la implementación de metodologías, estándares, procesos, herramientas y acciones para la gestión integrada de las inversiones; la identificación de buenas prácticas y lecciones aprendidas de dirección de proyectos, entre otras.
Por otro lado, el Decreto Legislativo N.º 1553 establece facilidades para las entidades de los tres niveles de gobierno en el trámite de las licencias de habilitación urbana o edificación para que puedan iniciar la ejecución de obras que formen parte de una inversión en el marco del SNPMGI con la sola presentación de la documentación en mesa de partes de la entidad competente.
También se establece facilidades para que las entidades del gobierno nacional que opten por iniciar la ejecución física de sus proyectos de inversión en el marco del SNPMGI de manera paralela a la elaboración parcial de sus expedientes técnicos o a nivel de ingeniería básica aprobados por tramos, etapas, componentes o sectores de obra, puedan obtener la certificación ambiental o la aprobación del instrumento de gestión ambiental o su modificación.