La norma que obliga a las empresas a incluir nuevos datos en las facturas electrónicas y que reduce a un día el plazo para reportar los comprobantes emitidos se implementará recién en setiembre, luego que SUNAT emitió una nueva resolución de Superintendencia para postergar su vigencia.
Kenneth Bengtsson, presidente ejecutivo de Efact, recordó que la Resolución de Superintendencia 000193-2020/SUNAT estaba programada para entrar en vigencia el 1 de abril. La norma ordena la reducción de siete a un día el plazo para que las empresas reporten sus facturas electrónicas a la Superintendencia o a un Operador de Servicios Electrónicos (OSE).
“Con la nueva resolución, el periodo se reduce a solo un día. Se trata de una iniciativa positiva porque permite a las empresas la aprobación de sus facturas en un menor tiempo y, con ello, la disponibilidad de los documentos para acceder financiamiento a través de factoring”, explicó.
La norma también obliga a las empresas a incluir nueva información en las facturas. “Los comprobantes deben indicar si la cancelación se realizará al crédito o al contado, e incluso precisar el número de cuotas, los montos y las fechas de pago”, explicó el ejecutivo de Efact.
Bengtsson dijo que estos cambios implementados por SUNAT tienen el objetivo de impulsar el acceso al crédito, porque permiten que la factura comercial tenga los mismos datos que la negociable, que sí es reconocida como un título de valor aceptada por empresas financieras en procesos de factoring.
“Esta resolución agiliza el proceso de aprobación de facturas, facilitando que las empresas negocien sus comprobantes y obtengan liquidez. La iniciativa no necesariamente genera costos para las empresas que trabajan con un Proveedor de Servicios Electrónicos (PSE). En el caso de Efact, nuestros clientes PSE no necesitan implementar cambios porque nuestra plataforma contiene las exigencias establecidas por SUNAT”, finalizó Bengtsson.