- MINEM no aprueba cronograma para uso y comercialización de combustibles con contenido de azufre no mayor de 10 ppm.
- Fabricantes internacionales requieren al menos 2 años para adecuar sus líneas de producción y cumplir requerimientos de la norma Euro 6/VI.
“A poco más de un año de que se ponga en vigencia la obligación de importar vehículos que cumplan con la norma de emisiones Euro 6/VI en el Perú, el Gobierno peruano no ha avanzado en la elaboración del cronograma para el uso y la comercialización de Diesel, Gasolina y Gasoholes con contenido de azufre no mayor de 10 ppm”, así lo denunció Karsten Kunckel, presidente de la Asociación Automotriz del Perú (AAP).
En ese sentido, explicó que, el gremio automotor ha solicitado en reiteradas oportunidades al Ministerio de Energía y Minas (MINEM) que establezca las condiciones básicas para que se pueda ejecutar lo señalado en el Decreto Supremo N°029-2021-MINEM, en cuyo texto se establece que, a partir del 1° de octubre del 2024 los vehículos automotores nuevos que se importen al país deben cumplir con la norma de emisiones Euro 6/VI.
Nuestra preocupación no es reciente, anotó, a lo largo del tiempo, a través de cartas remitas al ministerio, la AAP -que representa al sector automotor- ha señalado que esta inacción preocupa a los agentes del mercado, pues se corre el riesgo de que la oferta automotora se reduzca significativamente ya que, “para importar al país nuevos modelos vehiculares con estándares de emisiones más avanzados, las fábricas, a nivel internacional, deben adecuar sus líneas de producción al menos dos años antes para atender el tipo de tecnología que exige la normativa de cada país, razón por la cual requieren predictibilidad respecto de la disponibilidad de combustibles conformes a la tecnología a partir del primer trimestre del 2024”.
A esto se añade, dijo, que también está vigente el Decreto Supremo N°014-2021-EM, a través del cual se dispone que el uso y la comercialización de combustibles en el país con contenido de azufre no mayor de 10 ppm, no debería exceder del primer trimestre del 2024.
“Lo concreto es que se requiere contar desde el 1° de abril de 2024 con el combustible adecuado; sin embargo, no tenemos información alguna de las medidas que viene adoptando el Poder Ejecutivo para garantizar que ello se cumpla”, acotó.
Lo que más preocupa a Kunckel es que, el silencio del Gobierno no solo afectará a las empresas sino principalmente a los usuarios ya que, el uso de combustibles no adecuados en vehículos con elevados estándares de reducción de emisiones (Euro 6/VI) afecta los sistemas de control de contaminantes a tal nivel que contamine igual o más que un vehículo con una tecnología menor inclusive a la del Euro 4/IV, afectando la salud pública y el medio ambiente.
Es cierto, señaló, que falta un año para que llegue la fecha límite establecida para disponer de los combustibles de calidad, sin embargo, también es correcto señalar que la norma que establece esta obligatoriedad no es nueva, pues fue puesta en vigencia en mayo del 2021 y hasta el momento, dos años después, no se ha visto ningún avance por parte del Gobierno para asegurar su cumplimiento.
Conforme lo dispone el artículo 4 del Decreto Supremo 014-2021-EM, anotó, es indispensable que en el más breve plazo se apruebe un cronograma para el uso y la comercialización de diesel, gasolina y gasoholes con contenido de azufre no mayor de 10 ppm, además de valores mínimos de aromáticos, olefinas y benceno, entre otros componentes, cronograma que no debe exceder del primer trimestre del 2024. “Esta es la única manera de garantizar el suministro de combustibles de calidad para los vehículos automotores nuevos con tecnología Euro 6/VI que ingresaran al país a partir de mes de octubre del 2024”, concluyó el representante gremial.