En el marco de la Ley N° 31728, las Entidades podrán convocar el proceso de Adjudicación Simplificada para contrataciones de obra cuyo monto sea igual o superior a S/ 2 800 000,00 y menos de S/ 10 000 000,00.
El Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) aprobó la Directiva N° 001-2023-OSCE/CD, «Bases Estándar de Adjudicación Simplificada para la contratación de ejecución de obras a convocar en el marco de la Ley N°31728, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de mayores gastos en el marco de la reactivación económica, a favor de diversos pliegos del gobierno nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, y dicta otras medidas».
De acuerdo con la Ley N°31728, las entidades de los tres niveles de gobierno, que reciban créditos suplementarios para el financiamiento de mayores gastos en el marco de la reactivación económica, podrán utilizar el procedimiento de selección de Adjudicación Simplificada para contratar obras, cuyo monto sea igual o superior a S/ 2 800 000,00 e inferior a S/ 10 000 000,00.
A tales efectos, OSCE ha aprobado las Bases Estándar de Adjudicación Simplificada, contenida en la Directiva N° 001-2023-OSCE/CD, a las cuales puede accederse a través del siguiente enlace: https://www.gob.pe/institucion/osce/colecciones/1104. Cabe destacar que el uso de dichas Bases Estándar rige a partir del 09 de mayo del 2023.
Para cualquier consulta sobre el particular, comunicarse al canal de atención telefónica al 614-3636 o a través del “Formulario de Contacto”, del portal web del OSCE, disponible en: https://www.gob.pe/osce