La semana pasada fue aprobado por el congreso de la república el retiro total de la CTS hasta el 31 de diciembre del 2024. Uno de los pagos más esperados por los trabajadores en Perú, que se realiza cada mayo y noviembre, cuando se cumple un nuevo semestre laboral.
Uno de los pagos más esperados por los trabajadores peruanos se realizará este mes y a tan solo unos días de la fecha límite, los departamentos de Recursos Humanos se enfrentan a esta laboriosa tarea. Es importante saber que la CTS consiste en un beneficio social dirigido a promover el bienestar de los trabajadores del sector privado, pero este año tiene como novedad que los colaboradores podrán disponer del 100% de su CTS hasta el 31 de diciembre 2024.
Su objetivo es claro, en palabras de Robinson Bustamante, Business Development Manager en Visma Latam, “que los colaboradores puedan constituir un fondo para contingencias en caso de que termine su vínculo laboral, ya sea por despido o renuncia. Además, contribuye a cubrir sus necesidades fundamentales y las de su familia, durante el tiempo que tarden en reincorporarse al mercado laboral”.
La Compensación por Tiempo de Servicio es un beneficio para trabajadores que desempeñan tareas durante un mínimo de 4 horas diarias o 20 horas a la semana, y que hayan cumplido al menos un mes completo de servicio en la empresa durante el último semestre.
En este sentido, ¿cómo calculamos el monto correcto de la CTS?, Robinson Bustamante expone que datos son fundamentales a considerar:
- El tiempo de servicio computable: Es decir, todos los días en que se han prestado servicios, incluyendo las jornadas no trabajadas por ejemplo vacaciones, licencias con goce de remuneraciones, descansos médicos, licencias por accidentes de trabajo (hasta 60 días), licencias de maternidad y paternidad, licencias sindicales con pago de remuneración, días no trabajados por despido nulo y suspensión por caso fortuito o fuerza mayor.
- Remuneración computable: Es aquella integrada por la remuneración básica en el semestre a considerar y todas aquellas remuneraciones adicionales que hayan sido percibidas en al menos tres ocasiones. Se incluyen entre estas últimas las horas extras, asignaciones familiares y bonificaciones.
- La fórmula general para calcularla es la siguiente:
CTS = Remuneración computable / 360 x días trabajados = (Sueldo mensual + 1/6 de la gratificación) / 360 x días trabajados
Pero, ¿cómo evitar que este pago se convierta en una sobrecarga laboral para las áreas de Recursos Humanos? Sin duda el abono de la Compensación por Tiempo de Servicio puede significar una tarea ardua y de gran responsabilidad para los equipos de gestión de talento y responsables de nómina.
En esta línea, Bustamante enfatiza que “contar con un registro digitalizado de los datos de todos los colaboradores de la empresa, puede simplificar notoriamente la tarea y aportar significativos beneficios al calcular la CTS ya que, brinda acceso rápido y organizado a información clave del colaborador. No solo eso, al usar un software de gestión de nómina automatizamos los cálculos teniendo en cuenta las regulaciones vigentes, ahorrando tiempo y recursos, sin mencionar que reducimos errores y facilitamos el seguimiento del historial de cobros”.
Para evitar que el cálculo y el pago de este beneficio laboral se convierta en una sobrecarga laboral, también podemos aplicar las siguientes estrategias:
- Mantener registros precisos y organizados de los empleados, incluyendo comprobantes de pago, contratos y cualquier documento que resulte relevante a la hora de calcular la CTS.
- Planificar y programar los cálculos con anticipación. De este modo, se evita que el proceso se convierta en una urgencia y las tareas se distribuyen en el tiempo.
- Mantenerse al tanto de las regulaciones. Estar al día con las normativas laborales asegura que la empresa esté en regla con los derechos de sus trabajadores a la vez que permite anticiparse a los cambios.