SUNAT emitió una resolución que obliga a las empresas incluir en sus facturas electrónicas información adicional, como precisar si se cancela al contado o al crédito y establecer la fecha y hasta el número de cuotas de pago, explicó Kenneth Bengtsson, presidente ejecutivo de Efact.
“La Resolución de Superintendencia 000193-2020/SUNAT entrará en vigencia el 1 de abril de 2021, y busca impulsar el factoring porque permitirá que las empresas adelanten algunos datos requeridos para que sus facturas comerciales se conviertan a negociables, transformándose en títulos de valor que faciliten el acceso a financiamiento”, explicó el ejecutivo.
Bengtsson explicó que, sobre el formato de los comprobantes de pago, SUNAT estableció tres cambios específicos:
- Cómo se pagará: Las empresas adquirientes deberán indicar en las facturas si el pago se realizará al contado o al crédito.
- Fecha de vencimiento: Los comprobantes también informarán de forma clara el día de pago por el servicio o producto adquirido. En caso de cancelarse al crédito, será necesario incluir las fechas de cada una de las cuotas.
- Declarar las cuotas: Si la factura se cancelará al crédito, el comprobante tiene que precisar los montos de cada cuota a pagar.
El ejecutivo de Efact indicó que todos estos datos se consignan en las facturas negociables, de manera que la resolución de SUNAT permitirá que la información también se traslade a los comprobantes comerciales.
Bengtsson indicó que otro cambio importante incluido en la resolución es que las empresas tendrán un plazo de un día para reportar sus facturas electrónicas a la SUNAT o a un Operador de Servicios Electrónico (OSE), en comparación a los 7 días que la norma establece en la actualidad.
“Se trata de un cambio positivo que no genera mayores costos en las empresas que trabajan con un Proveedor de Servicios Electrónicos (PSE). En el caso de Efact, nuestros clientes PSE no necesitan implementar cambios porque nuestra plataforma contiene las exigencias establecidas por SUNAT”, comentó Bengtsson, quien agregó que las compañías con un software propio deberán modificar sus sistemas hasta el 1 de abril del próximo año.