Economía social de mercado

Por Antero Flores-Araoz

Por primera vez en nuestra patria, una Constitución como lo fue la de 1979, se refiere a la “Economía Social de Mercado”, al establecer su artículo 115 que “La iniciativa privada es libre. Se ejerce en una economía social de mercado” agregando que “El Estado estimula y reglamenta su ejercicio para armonizarlo con el interés social”.

La incorporación de dicha modalidad de economía de mercado, fue introducida en la norma constitucional gracias a la proposición de los constituyentes social cristianos de aquella época y, fue mantenida en la actual Constitución de 1993, que nos rige ya más de treinta años, en que también los constituyentes social cristianos de 1992-1993 la apoyamos decididamente.

En el artículo 58 de la vigente Constitución Política, se repite el primer párrafo del artículo 115 de la anterior Carta Magna, esto es: “La iniciativa privada es libre. Se ejerce en una economía social de mercado”, pero agrega: “Bajo este régimen, el Estado orienta el desarrollo del país, y actúa principalmente en las áreas de promoción de empleo, salud, educación, seguridad, servicios públicos e infraestructura”. O sea hay una conceptuación mucho más elaborada.

En realidad, el concepto y tratamiento de la “Economía Social de Mercado”, se inicia en la doctrina social cristiana, pero los socialistas han querido apropiarse de ella, como también lo hacen con la defensa del medio ambiente que es otra de las prioridades de los social-cristianos.

No hay que confundir la economía social de mercado, con la economía simplemente de mercado y absolutamente liberal, en que el “dios mercado” lo puede todo.  Tampoco se puede confundir con la economía socialista, que supuestamente está al servicio de la Sociedad, pero de espaldas al desarrollo y al crecimiento económico, que son herramientas eficientes para lograr pleno empleo, elevación de la calidad de vida y bienestar general.

Los socialistas no generan ni riqueza ni bienestar general, salvo para sus jerarcas, pero el pueblo, lejos de mejorar empeora y pierde sus libertades, incluso la económica.

La economía que preconiza nuestra Ley de Leyes es la economía de mercado, pero no simple y rígida sino con rostro humano, al servicio de la humanidad, de todos y no solamente de unos cuantos. Con ella se pretende que sea herramienta de justicia social, lograr un mercado eficiente y a la vez, aunque suene reiterativo, una sociedad justa.

Las premisas para alcanzar los objetivos y niveles que promueve la economía social de mercado, son la existencia de la libertad de mercado, debida competencia, pero con reglas eficientes de defensa del consumidor, así como también información veraz y oportuna respecto de todo lo que constituye el tráfico de bienes y servicios.

Debemos si reconocer que pese a la antigüedad de precepto constitucional de la economía social de mercado, que como repetimos data desde 1979, o sea desde hace cerca de medio siglo, aún no la hayamos desarrollado plena y normativamente, que es un pendiente que debería ser puesto al día. Los nuevos legisladores tendrán que ocuparse.