La autógrafa de ley fue exonerada de segunda votación por el pleno del Congreso y ahora será remitida al Poder Ejecutivo.
La reciente aprobación del Congreso de la autógrafa de ley que modifica la Ley 28832, que busca asegurar el desarrollo eficiente de la generación eléctrica, permitiría una mayor competencia en el mercado. Centrales solares y eólicas, entre otras, podrán firmar contratos de compraventa de energía (conocidos como PPA) directamente con las empresas de distribución eléctrica, aseguran desde el estudio Garrigues.
“Esta posibilidad abre la ventana para que sea más viable que solares y eólicas obtengan un PPA, producto de las licitaciones de las empresas distribuidoras. Por ende, se les va a facilitar el financiamiento para el desarrollo de sus respectivos proyectos”, afirma Diego Harman, socio del área Mercantil.
Estos resultados se deben a la posibilidad de que las empresas distribuidoras liciten o subasten por separado, bloques de energía y bloques de energía y potencia para el suministro a sus clientes. “Con esta segmentación, las empresas que cuenten con proyectos con energías renovables podrán participar de las licitaciones de energía que realicen las distribuidoras, lo que antes no era permitido por una limitación regulatoria relacionada a la potencia firme asignada a este tipo de proyectos”, afirma Giancarlo Vignolo, asociado principal del área de Derecho Público.
Finalmente, un ajuste no menos importante es la introducción de la definición de “proveedores de servicios complementarios” en el sector eléctrico, los cuales serán aquellos que presten servicios que aseguren el transporte y suministro de electricidad desde la generación hasta la demanda, debiendo estar habilitados por el Ministerio de Energía y Minas. “Entre este tipo de proveedores, por ejemplo, se encontrarían los servicios de almacenamiento de energía a través de baterías BESS para regular tensión, frecuencia, entre otros”, concluyó Vignolo.
La autógrafa de ley fue exonerada de segunda votación por el pleno del Congreso y ahora será remitida al Poder Ejecutivo para que promulgue y publique la norma en el Diario Oficial El Peruano.