OSCE dispone el uso de la firma digital para las solicitudes del Certificado SEACE

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A fin de potenciar la seguridad e impulsar la transparencia en las compras públicas, el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) modificó la Directiva N° 003-2020-OSCE/CD – «Disposiciones aplicables para el acceso y registro de información en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE)», mediante la Resolución Nº 000099-2023-OSCE-PRE, publicada el 04 de mayo de 2023 en el Diario Oficial El Peruano.

A través de esta modificación, se busca contribuir a mejorar los controles sobre la administración del Certificado SEACE y del Registro de Entidades Contratantes, para lo cual se ha previsto el uso de la firma digital de forma obligatoria en las siguientes solicitudes:

Formato Trámite Funcionario que suscribe
A Solicitud de inscripción, actualización y desactivación de Entidades en el REC. Titular de la entidad o funcionario delegado
B Solicitud de emisión, actualización y desactivación del Certificado SEACE para Entidades Contratantes Jefe de Administración o quien haga sus veces
C Solicitud de emisión, actualización y desactivación del Certificado SEACE para ejercer control, fiscalización y seguimiento. Jefe de Administración o quien haga sus veces
E Solicitud de emisión, actualización y desactivación del Certificado SEACE para proveedor exceptuado – Entidad del Estado Jefe de Administración o quien haga sus veces
H Solicitud de atención de corrección de datos en el SEACE. Jefe de Administración o quien haga sus veces

 

Asimismo, a efectos de fomentar que los operadores del SEACE posean las competencias necesarias, se establece como requisito para la obtención del Certificado SEACE que los “funcionarios – usuarios”  cuenten con la Certificación de profesional o técnico otorgado por el OSCE. La implementación de esta medida se realiza de manera progresiva, conforme a los cronogramas que publique el OSCE.