- Aumentó la asignación de cuota de jurel en alta mar llegando a más de 20 mil toneladas
- Incentivará el desarrollo de flotas peruanas pesqueras de pota sin restricción en el ámbito de la Convención de la OROP-PS
En el marco de la Undécima reunión de la Comisión de la Organización Regional de Ordenamiento Pesquero del Pacífico Sur (OROP-PS), llevada a cabo en Manta, Ecuador, se adoptaron medidas de conservación que beneficiarán al sector pesquero de nuestro país.
La delegación peruana, encabezada por el Ministerio de la Producción (Produce), logró aumentar la asignación para nuestro país de la cuota de pesca de jurel (Trachurus Murphyi) en alta mar, pasando de 18 246 toneladas en el 2022 a más de 20 mil toneladas para el año 2023. Con esta asignación de cuota, la flota nacional puede incrementar su actividad pesquera del recurso jurel en alta mar para el consumo humano directo y la industria nacional.
Asimismo, se aprobó un “Mecanismo Alternativo al Programa de Observadores a Bordo”, el cual exceptuará a las embarcaciones poteras artesanales peruanas, de no más de 15 metros de eslora, de los requisitos establecidos por la OROP-PS, los cuales no pueden ser cumplidas por estas embarcaciones dada su infraestructura.
Produce también informó que se obtuvo el reconocimiento del derecho de los estados ribereños en desarrollo, pese al congelamiento de la flota potera en alta mar de los grandes capturadores internacionales. Con esta medida, se permitiría impulsar al Perú como estado ribereño, en el desarrollo y expansión de su flota pesquera de pota en la zona de altamar del ámbito de la Convención de la OROP-PS.
Con dicho reconocimiento, las embarcaciones poteras peruanas inscritas en el Registro de Embarcaciones de la OROP-PS podrán realizar sus faenas de pesca sin ninguna restricción en alta mar.
Para la asignación de cuota de jurel en alta mar
Produce indicó que los armadores de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional que estén dispuestos a participar de la cuota, pueden presentar una declaración de interés de capturar la misma dentro de los 30 días hábiles siguientes a la presente publicación, ante la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura (DGPARPA).
Los armadores pesqueros deberán registrar: porcentaje de la cuota de jurel de alta mar que solicita extraer, relación de embarcaciones que participarán en la captura (deben encontrarse inscritas en el Registro Único de Embarcaciones Pesqueras que realizan Actividades Pesqueras en la Zona de Alta Mar), y presentar el plan de inicio de actividades, así como cumplir las medidas de conservación y ordenamiento emitidas por esta organización internacional.