Que tipo de tributos debe iniciar un agente inmobiliario

Por: José Darío Dueñas Sánchez (*)

Como agente inmobiliario en Perú, es importante elegir el régimen tributario adecuado para tu actividad. A continuación, presento las opciones y sus características:

Régimen MYPE Tributario (RMT):

Este régimen está diseñado para micro y pequeñas empresas.

Ventajas:

Simplicidad: Requiere menos trámites y obligaciones.
Menor carga tributaria: El impuesto a la renta es un 8% de tus ingresos netos.
No emites facturas: Puedes usar recibos por honorarios.

Limitaciones:

Ingresos máximos: No debes superar los S/ 525,000 anuales.
No puedes deducir gastos.

Recomendación: Si eres un agente independiente con ingresos moderados, el RMT puede ser una buena opción.

Régimen Especial de Impuesto a la Renta (RER):

Ideal para pequeños negocios.
Ventajas:

Menos obligaciones: Simplifica la contabilidad.
Menor tasa de impuesto: Pagarás un 5% de tus ingresos netos.
Emisión de facturas: Puedes emitir facturas electrónicas.

Limitaciones:

Ingresos máximos: No debes superar los S/ 525,000 anuales.
No puedes deducir gastos.

Recomendación: Si deseas emitir facturas y tienes ingresos dentro del límite, el RER es una opción viable.

Régimen General (RG):

Adecuado para medianas y grandes empresas.

Ventajas:

Deducción de gastos: Puedes deducir gastos relacionados con tu actividad.
Mayor flexibilidad: No hay límites de ingresos.
Emisión de facturas electrónicas.

Obligaciones:

Contabilidad completa: Debes llevar una contabilidad más detallada.
Tributación mensual: Presentar declaraciones mensuales.

Recomendación: Si tienes un negocio consolidado y necesitas deducir gastos, el RG es la opción adecuada.

Recuerda que cada caso es único, es por ello que un asesor tributario deberá orientarlo para tomar la decisión más beneficiosa según tus circunstancias específicas

https://www.gob.pe/280-regimenes-tributarios