TIPS para los medios de pago internacionales = 3

Por: José Darío Dueñas Sánchez (*)

Si bien es cierto las exportaciones son importantes y cumplen un papel preponderante en la economía de un país ya que evidencian la capacidad de producir bienes de calidad o útiles para otros. Los países para mantener una balanza comercial positiva, las exportaciones se convierten en un tema de análisis en la era de la globalización, muchos países crean instrumentos financieros, aseguradoras de crédito para impulsar los envíos y sobre todo asegurar los mismos.

Pero la realidad es otra cosa, muchas empresas necesitan financiamiento y cuando cierran contratos el punto más crucial, diría yo el talón de Aquiles es como financiar la operación. Y allí empezamos con un TIP o por lo menos una salida para demostrar la confianza para que los importadores envíen adelantos.

Dentro de los instrumentos utilizados por las entidades financieras tenemos al Convenio de Pagos Recíprocos ALADI, cuales son los principales beneficios que brinda el Convenio.

Para el exportador
El Convenio asegura el pago de las exportaciones eliminando el riesgo comercial y el exportador puede acceder a créditos ante el sistema financiero al contar con instrumentos de pago que serán reembolsados por el Convenio de Pagos.
Para el importador
Puede acceder a financiamiento de los exportadores del exterior puesto que cuenta con la garantía de reembolso que brinda el Convenio. Asimismo, puede recurrir a cualquier banco autorizado a operar en el Convenio, puesto que las obligaciones que emiten por importaciones son igualmente aceptadas en el exterior.

¿Cómo se puede operar a través del Convenio de Pagos?

Para operar por medio del Convenio, el empresario tiene que visitar a un banco comercial autorizado -por el Banco Central- y solicitar que la exportación o importación a realizar, se efectúe utilizando el mecanismo.

Dado que el uso del Convenio es voluntario, para poder acogerse a los beneficios que brinda el mecanismo, es imprescindible que conste expresamente que la operación comercial se realiza al amparo del mismo, en el instrumento financiero elegido.

¿Cuáles son los instrumentos financieros a través de los cuales se pueden realizar operaciones por el Convenio de Pagos?

Pueden utilizarse algunos de los siguientes instrumentos:

-Ordenes de pago Las órdenes de pago son aquellas instrucciones a un banco ordenándole que pague o transfiera una suma de dinero de un beneficiario designado. Son generalmente utilizadas para pagos a la vista y también para canalizar cobranzas simples (instrumento no previsto directamente por el Convenio), una vez que el importador haya depositado el respectivo contravalor en moneda nacional.

-Cartas de Crédito Las cartas de crédito (créditos comerciales) son un medio de pago a través del cual se cubren compras de bienes y servicios. En este tipo de instrumento, el banco está actuando por cuenta del comprador, garantizando al vendedor el pago de una cantidad de dinero, contra la recepción de los documentos de embarque o servicio. El financiamiento se cursa a través del Convenio, cuyas condiciones son negociadas paralelamente entre los bancos emisor y financiador, sin la participación del exportador ni del importador.

-Créditos Documentarios Un crédito documentario es un convenio en virtud del cual un banco (banco emisor), actuando a petición de un cliente (ordenante del crédito) y de conformidad con sus instrucciones, se compromete a efectuar un pago (a un exportador) contra la presentación de una serie de documentos exigidos dentro de un tiempo límite especificado, siempre y cuando hayan cumplido los términos y las condiciones del crédito. El crédito documentario es la forma más segura de cobro para el exportador y por tanto la más costosa para el importador.


-Letras con aval bancario La letra de cambio es un título valor que contiene una orden por la cual una persona encarga a otra el pago de una suma de dinero, a favor de una persona determinada, en donde el banco otorga su aval (garantía); el otorgamiento del aval deberá ser puesto en conocimiento, mediante comunicación escrita, por la Institución Autorizada avalista a su respectivo Banco Central.

-Pagarés derivados de operaciones comerciales. Este instrumento es utilizado para respaldar operaciones de financia­miento de transac­ciones comercia­les realizadas entre dos países, mediante la intervención de una Institución Autorizada de un tercer país miembro (mecanismo de descuento de instrumen­tos). Los pagarés derivados de operaciones comerciales pueden aplicarse a transacciones pactadas con pagos a mediano y largo plazo y cubrir, entre otros, el comercio de bienes de capital o de equipos y operacio­nes del sector público.

Todos estos instrumentos deberán consignar que son reembolsables a través del Convenio de Pagos y Créditos Recíprocos de la ALADI. Si desea ver más detalles sobre las operaciones admitidas por su banco central, favor consultar Normativa Bancos Centrales

«Gracias a la Aladi, por ejemplo, los consumidores de los países miembros han podido adquirir productos de mayor calidad y mejor precio y se han generado mayores oportunidades de empleo  los productores han ampliado sus mercados» es por ello que buscar estos instrumentos es vital para ingresar a mercados latinoaericanos.

Como verán el uso del Convenio de Pagos ALADI en la región latinoamericana les abre oportunidades comerciales para integrar comercialmente a los países y por cierto apoyar a las empresas exportadoras, donde buscar ello en las entidades bancarias.
A seguir avanzando y buscar nuevas oportunidades comerciales. (*)

Consultor e Investigador

jdaduenas@gmail.com